La Ley General de la Discapacidad establece que aquellas empresas públicas y privadas de nuestro país cuya plantilla sea de 50 o más trabajadores, deben tener una "cuota de reserva a favor de las personas con disCapacidad". Es decir, reservar el 2% de la plantilla a personas con una disCapacidad igual o superior al 33%.
En GST Nos identificamos como observadores activos para el cumplimiento de la LGD, apoyo a la diversidad, en busca de la equidad real.