CARACAS. Uno de sus Objetivos es La actuación internacional de la República, la conducción de las relaciones con otros Estados; la representación de la República en organismos internacionales, conferencias y cualesquiera otros actos internacionales, salvo que, en este último caso, el Presidente de la República encargue la representación a otro Ministro o funcionario público, que así lo disponga expresamente esta Ley o se determine en función de los tratados firmados por la República. En estos últimos casos, el Ministerio de Relaciones Exteriores asegurará la coordinación con la política exterior de la República, se hará representar cuando lo estime necesario y cumplirá los procedimientos requeridos por la Constitución y el derecho internacional.