Consejo Profesional De Química
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Av. 7 Nro 514 (entre 42 Y 43) | 1900, La Plata, Buenos Aires
+54 2214231080 Enviar e-mail
http://www.quimica.org.ar/
Última actualización: 2/6/23, 2:47 PM
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CONSEJO PROFESIONAL DE QUÍMICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Teléfonos: (0221) 423-1080 ó (0221) 424-1185.HistoriaLa Ley 7020 de la Provincia de Buenos Aires sancionada en el año 1965 crea el Consejo Profesional de Química y reglamenta el Ejercicio Profesional de la Química.En la misma se establece que todos los profesionales y técnicos de la actividad química que ejercen su profesión en la Provincia de Buenos Aires tienen la obligación de matricularse antes de ejercer como tal, teniendo además el deber moral de hacerla cumplir, denunciando todo acto de ejercicio ilegal de la profesión del que tengan conocimiento. Más allá de la responsabilidad profesional, se impone una obligación social.Tengamos presente que, así como se entiende que quien ejerce la medicina sin ser médico es un curandero y generalmente hace más mal que bien, debe entenderse que quien firma protocolos de análisis químicos o fabrica productos, que requieren la intervención de un químico y/o realiza controles de calidad en laboratorios de análisis, etc., sin estar habilitado para ello o sin estar matriculado, está realizando un ejercicio ilegal de la profesión y, más allá de caberle las generales de la Ley, seguramente hace más mal que bien.Es fundamental el control del ejercicio profesional de la química, para evitar o minimizar los riesgos para la salud de los consumidores, ya sea por el manejo imprudente de productos tóxicos, explosivos o contaminantes, o por -y esto lo comprobamos a diario en los periódicos -la falta de control en los productos de uso o consumo humano como fueron los casos del propóleo, vinos adulterados, alcohol, y cientos de productos que se expenden al público sin la debida intervención de un profesional químico, que certifique su calidad e inocuidad para el uso humano sin riesgo para la salud, no sólo en la ingesta como es el caso de los alimentos, sino también en la utilización de productos que sin ser de uso interno puedan producir daño al ser utilizados en lugares donde se encuentren personas, animales o plantas.No de menor importancia es el caso de los desechos que se generan en la fabricación de todos y cada uno de los productos de uso cotidiano, en primera instancia para evitar accidentes, como los que con alarmante frecuencia ocurren con recipientes abandonados, que causan la muerte o graves enfermedades fundamentalmente en niños, que por ignorancia los toman para jugar, produciéndose los tristes desenlaces que leemos en los periódicos, siendo además los casos conocidos sólo una mínima parte de los que ocurren en realidad.A lo anterior debe sumarse el terrible deterioro que se está produciendo al medio ambiente en el que vivimos. Es imprescindible el control de calidad de todas las materias primas que se utilizan para la fabricación de productos de consumo masivo, control y análisis de los productos intermedios y de productos terminados. Como ocurre en los países desarrollados, los productos que salen de fábrica -de cualquier tipo que sean-, deberían tener un certificado de calidad para su uso, firmado por un profesional matriculado que se haga responsable y avale que el producto podrá ser usado sin riesgo y que, además, posee las características que se publican en el envase, que garantice la fecha de fabricación de cada una de las partidas, etc. Las leyes existen, sólo debemos exigir que se cumplan.El C.P.Q. es la institución encargada de velar por el cumplimiento de la Ley 7020, exigiendo que todo profesional de la química se matricule, que ejerza su profesión con idoneidad y con los principios éticos necesarios, elementos fundamentales para mejorar la calidad de vida en el seno de la sociedad a la cual pertenecemos. Nos cabe a todos los profesionales químicos el celoso control del cumplimiento de las leyes y de la obligatoriedad de la contratación de un profesional de la química en todas las industrias y organismos -ya sean públicos o privados-, cuya actividad así lo requiera, siendo el C.P.Q. el ente receptor de todas las denuncias, sugerencias e ideas que los colegas tengan al respecto.

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