Sistema Municipal de Defensa del Consumidor
El Sistema Municipal de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de La Plata tiene como objetivos el asesoramiento, la difusión de derechos, la prevención y resolución de conflictos, y la sanción de infracciones a la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor y sus leyes complementarias destinadas a proteger los derechos de los consumidores y usuarios.
Está conformado por la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor y el Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor que se encargan, respectivamente, de la etapa conciliatoria y de la etapa resolutiva del procedimiento administrativo establecido por la Ley 13.133 de la Provincia de Buenos Aires, denominada “Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios”.
Para asesorarse y efectuar consultas sobre casos concretos, existen dos vías: por teléfono, al 427-3813 ext 310; o por correo electrónico a la dirección defensaconsumidor@laplata.gov.ar
¿Cómo puedo realizar una denuncia?
Requisitos: La manera de presentar una denuncia es muy simple.
Debe concurrir personalmente, con su DNI, al Edificio de la Justicia de Faltas, ubicado en calle 48 Nº 786, esq. Diag. 74, 1º Piso, en el horario de 8:30 a 13:30. En el lugar funciona la Mesa de Entradas de la Dirección de Defensa del Consumidor. La denuncia podrá ser efectuada en forma verbal o escrita y, para facilitar el trámite, se aconseja llevar fotocopia de toda la documentación que tenga en su poder.
Una vez presentado la denuncia, se le informará a las partes la fecha en la que se llevará a cabo una audiencia de conciliación ante la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor, para intentar solucionar amigablemente la cuestión. En caso de arribar a un acuerdo, el expediente es remitido para su homologación y posterior archivo.
Si en la audiencia de conciliación denunciante y denunciado no llegan a un acuerdo, el expediente continúa su trámite para analizar si corresponde la aplicación de una sanción. Las sanciones van desde un apercibimiento hasta una multa de $ 500.000, según la gravedad de la infracción. También puede disponer el decomiso de mercaderías, la clausura de locales o establecimientos y la pérdida de concesiones, privilegios o habilitaciones. Cualquiera sea la sanción que se aplique, siempre lleva como accesoria la publicación de la resolución en el diario local de mayor circulación.
Si no se llega a un acuerdo conciliatorio, aun cuando el juzgado de faltas haya sancionado a la empresa con una multa a favor del Municipio, el consumidor podrá iniciar acciones ante la Justicia Ordinaria.
Le recordamos que la finalidad del sistema no es establecer indemnizaciones de daños y perjuicios. No obstante, en el marco de la audiencia de conciliación, las empresas denunciadas pueden ofrecer un resarcimiento.
Asesorándose y haciendo valer sus derechos, contribuirá a generar un mercado transparente en el cual se le brinde un trato digno y equitativo.
Usted debe saber:
El procedimiento prevé, una vez realizada la denuncia, una instancia conciliatoria a fin de arribar a a una solución con la empresa denunciada. En caso de no arribar a un acuerdo, se cierra la instancia conciliatoria y el Municipio seguirá las actuaciones tendientes a analizar una posible sanción ante la infracción a la ley de defensa del consumidor.
El consumidor, podrá en todo momento, iniciar las actuaciones judiciales a fin de reclamar por su derecho si no ha podido ser satisfecho en la audiencia de conciliación.
Dirección y teléfono de Defensa Del Consumidor La Plata